La especialidad de Cirugía Plástica, Estética y Reparadora tiene dos vertientes: la Cirugía Estética, cuya finalidad es meramente estética o de forma, y la Cirugía Reparadora, cuya finalidad es, además, de función (corrección de malformación congénita, secuelas de traumatismos o tumores, etc.). La primera saca rendimiento de los procedimientos de Cirugía Reparadora aplicados con fines estéticos, siendo, pues, la Cirugía Reparadora el fundamento de la Estética. La especialidad de Cirugía Plástica, Estética y Reparadora está reconocida en todos los países de la Unión Europea. Para su ejercicio en España, requiere que el profesional cuente con la titulación oficial y reconocida por el Ministerio de Sanidad de Especialista en Cirugía Plástica, Estética y Reparadora y esté registrado en un Colegio de Médicos.
Al finalizar la carrera universitaria de seis años y tras un examen de oposición (examen MIR) que implica al menos un año más, el médico necesita un proceso de cinco años como Médico Interno Residente en un hospital acreditado para la obtención del título de Especialista. Tradicionalmente, sólo los mejores números en el examen MIR pueden acceder a formarse como especialistas en Cirugía Plástica, Estética y Reparadora. Conseguir la especialidad es fruto de un largo y exigente periodo de formación y selección de al menos doce años. Los cirujanos que la obtienen siguen formándose y actualizándose durante toda su trayectoria profesional, dada la innovación científica y tecnológica que caracteriza a la especialidad. Y los especialistas que trabajan en el campo de acción en el que han sido oficial y regladamente formados anteponen la seguridad del paciente a sus intereses personales.
La Cirugía Estética y la Cirugía Reparadora están ligadas al cirujano plástico por su definición legal en su título oficial. Es el Real Decreto 139/2003 que regula la formación médica especializada el que determina la denominación de Cirugía Plástica, Estética y Reparadora. De esta forma, los términos “Cirugía Estética” y “Cirugía Reparadora” son indivisibles de los de “Cirugía Plástica” y pertenecen a la misma titulación. La única forma de estar en posesión de la titulación oficial vía MIR de Cirugía Estética o de Cirugía Reparadora es ser especialista en Cirugía Plástica, Estética y Reparadora. Si algún profesional desea ostentar la denominación “Cirugía Estética” o “Cirugía Reparadora” es bienvenido, como cualquier otro, a participar en el examen nacional MIR y acceder a una plaza de formación oficial y reglada.
Pese a que La Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, en su título I, artículo 4, refleja que “el ejercicio de una profesión sanitaria, por cuenta propia o ajena, requerirá la posesión del correspondiente título oficial que habilite expresamente para ello”, muchos médicos se basan en el hecho de estar licenciados en Medicina y Cirugía para sentirse autorizados a realizar cualquier acto médico o quirúrgico, aunque no tengan la formación especializada vía MIR para ello.
La SECPRE vela por los intereses de los pacientes y los profesionales de la Cirugía Plástica, Estética y Reparadora, potenciando y dignificando la especialidad. Esta Sociedad considera que sólo los médicos que acreditan estar en posesión del título de Especialista en Cirugía Plástica, Estética y Reparadora tienen la suficiente formación profesional para proporcionar al paciente una óptima calidad asistencial. Además, es lógico pensar que sólo los profesionales que tienen su título homologado por las autoridades españolas pueden desarrollar su actividad en España, actuando dentro del marco legal.
Siempre debe confirmarse la titulación del médico que se haga cargo de la salud de un paciente. Los pacientes no deben dejarse confundir con denominaciones sugerentes pero ambiguas. Si un profesional dice ser cirujano plástico, cirujano estético o cirujano reparador pero no posee la titulación oficial homologada por el Ministerio de Sanidad o se muestra reacio a mostrarla, no puede asegurarse que ese profesional sea un Especialista en Cirugía Plástica, Estética y Reparadora. No existen en España titulaciones oficiales vía MIR como la de Cirujano Plástico Facial, Cirujano Oculoplástico, Cirujano Plástico Mamario, Cirujano Cosmético, Cirujano Estético (sin estar vinculado a la titulación oficial), Cirujano Dermocosmético, Cirujano Ginecoestético, etc. Sin embargo, es evidente que estos términos pueden inducir a pensar que un profesional es especialista en Cirugía Plástica, Estética o Reparadora. Diversas asociaciones a las que pertenecen médicos especialistas en diferentes áreas quirúrgicas o no quirúrgicas pretenden amparar la actividad de esos profesionales.
La Cirugía Estética no está incluida en el programa de formación oficial de cualquier especialista quirúrgico. Está incluida de forma obligatoria en el programa oficial de la especialidad de Cirugía Plástica, Estética y Reparadora, según consta en Orden SAS/1257/2010, de 7 de mayo, por la que se aprueba y publica el programa formativo de esta especialidad.
La SECPRE lleva años demandando la creación de un marco legal que proteja la seguridad del paciente desde la normalización de la actividad de los médicos. La realidad que prospera en países como Bélgica, Francia o Dinamarca, e instaurada en muchos otros, regula el ejercicio de la Cirugía Estética, tratando de optimizar la seguridad del paciente. Además, la Cirugía Plástica, Estética y Reparadora tributa el 21% en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), dado que, en ocasiones, esta actividad puede no ser considerada una mejora de la salud, sino una actividad exclusiva en el contexto de la Cirugía Estética.
¿De dónde viene entonces tanta titulación? Por una cuestión de economía de palabras, los especialistas en Cirugía Plástica, Estética y Reparadora suelen acortar la denominación de su titulación oficial cuando se refieren a sí mismos como “cirujanos plásticos” a secas o, en función de las intervenciones que mayoritariamente realicen, “cirujanos reparadores” o “cirujanos estéticos”. Debe quedar claro que todo médico que se autodenomine de cualquiera de esas maneras pero no tenga el título de Médico Especialista en Cirugía Plástica, Estética y Reparadora está distorsionando la realidad, probablemente con la intención de hacerse pasar por lo que no es.
Como decíamos, supuestas especialidades, basadas en la adición de un adjetivo a la palabra “plástica”, como “Cirugía Plástica Facial” o “Cirugía Plástica Capilar”, pueden ser distorsionantes por la sencilla razón de que no existen como tales especialidades en nuestro país. Por ello, la Federación de Asociaciones Científico Médicas Españolas (FACME) no acepta en su seno a entidades asociativas con denominaciones en esa línea. Es evidente que otras denominaciones ambiguas como “Cirujano Cosmético” no son tampoco acogidas en esa Federación.
Por resumir, ¿cuál es, pues, la diferencia entre un “cirujano plástico”, un “cirujano estético” y un “cirujano reparador”? En función de todo lo dicho, la respuesta sería ninguna, porque todos los profesionales que se refieran a sí mismos con uno o varios de esos términos deberían tener en común un mismo título; insisto: el de Médico Especialista en Cirugía Plástica, Estética y Reparadora, que les capacita para realizar intervenciones en las dos vertientes en que se divide la Cirugía Plástica: la Estética y la Reparadora. Así, si un profesional afirma que su titulación oficial reconocida en España es Cirujano Estético, Cirujano Reparador u otra similar y no es Especialista en Cirugía Plástica, Estética y Reparadora, está, como ya hemos señalado, faltando a la realidad.
¿Y los “médicos estéticos”? Son profesionales que comparten con los cirujanos plásticos la licenciatura en Medicina, pero no la especialidad quirúrgica vía MIR a la que aludíamos anteriormente. Tras licenciarse o especializarse en cualquier área, se han dedicado a una materia que no tiene regulación específica como especialidad médica en España, pueden ejercer previa colegiación oficial y, en ocasiones, completan su formación con cursos y eventos similares, donde aprenden técnicas y tratamientos médicos -evidentemente, no quirúrgicos- con finalidad estética, entre los que se encuentran los rellenos con ácido hialurónico, la aplicación cosmética de toxina botulínica, la mesoterapia, el láser, la radiofrecuencia, etc. Un profesional médico que se autodenomine médico estético no falta a la realidad ni pretende suplantar una identidad, porque, sencillamente, se dedica a una actividad no recogida al amparo de una especialidad oficial.
La SECPRE tiene, entre sus objetivos, colaborar con los organismos competentes en la materia para establecer los requerimientos mínimos en la asistencia del paciente que precise técnicas de Cirugía Plástica. La normalización de esta actividad mediante una ley eficaz es la única vía para garantizar la seguridad de estos pacientes.
No hay comentarios:
Publicar un comentario